RENOVACIÓN DE ACUERDO CCT 626/11 FAIIA – FONIVA (VESTIDO)

En el día de ayer, martes 29 de abril de 2014, se firmo la renovación del acuerdo salarial entre la FONIVA y la FAIIA, en el marco del CCT 626/11.

Adjuntamos el Acuerdo mencionado, al cual RECOMENDAMOS leer detenidamente para su mayor comprensión y el ANEXO I con las NUEVAS escalas salariales.

A continuación destacamos los puntos más importantes del Acuerdo en cuestión:

Fecha de vigencia: 1º de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015.

Porcentaje de incremento: 26.5% en dos etapas, siendo ellas las siguientes:

  • 1º Etapa: Desde el 1º de abril hasta el 30 de septiembre de 2014, se incrementan los salarios básicos vigentes al 31 de marzo de 2014 en un 15%.
  •  2º Etapa: Desde el 1º de octubre de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015, se incrementan los salarios básicos vigentes al 30 de septiembre de 2014 en un 10%.

Beneficios Sociales: El cambio más importante en este tema, es su CAMBIO DE CARÁCTER, en el caso de aquellos empleadores que los entregan en sumas de dinero, pasarán de No remunerativos a REMUNERATIVOS, ello ha sido, conforme lo  establecido en la Resolución Homologatoria de la Secretaría de Trabajo Nº 865 del 25 de Julio de 2013 en expediente Nº 1.554.649/13, mediante la cual el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación instruye que así sea, no estando a nuestro alcance la decisión de revertir ello.

Su implementación se hará también, en dos etapas y de la siguiente manera:

A) REFRIGERIOS:

– 1º Etapa, desde el 1º de abril hasta el 30 de septiembre de 2014 $25 diarios;

– 2º Etapa, desde el 1º de octubre de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015 $27.50 diarios.

B) VIÁTICOS:

– 1º etapa, Desde el 1º de abril hasta el 30 de septiembre de 2014 $23 diarios;

– 2º etapa, desde el 1º de octubre de 2014 hasta el 31 de marzo de 2015 $25.30 diarios.

Las partes, han acordado una ASIGNACIÓN ANUAL DE CARÁCTER NO REMUNERATIVO POR ÚNICA VEZ de $ 900 (pesos novecientos), la cual será pagadera entre el  1º y el 15 de diciembre de 2014 y en una sola cuota.

Al igual que el acuerdo firmado el año pasado, La condición para la percepción de la suma antes mencionada es que,  la fecha de ingreso del trabajador sea hasta el 30 de septiembre de 2014 inclusive, luego de dicha fecha no le corresponderá la percepción de la misma.

Otro cambio realizado en las Disposiciones generales del Texto Ordenado es que el Pago del Subsidio por sepelio, a partir del 1º de abril de 2014, estará a cargo de la FONIVA, siendo el monto que ésta abonará de $4.000.

Respecto de este cambio, el empleador, conforme nuevo artículo incorporado, 35 BIS, contribuirá con un 0.7% de la remuneración de cada trabajador tal lo establece el mencionado artículo.

 

Se acordó un nuevo valor, como importe mínimo a depositar en concepto de Aportes y Contribuciones a la Obra Social O.S.P.I.V., siendo este:

–          a partir 1º de abril hasta el 30 de septiembre de 2014 la suma de $ 482 (pesos cuatrocientos ochenta y dos) (monto neto para Obra Social sin ANSSAL);

–          a partir 1º de octubre de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2015 la suma de $ 530 (pesos quinientos treinta) (monto neto para Obra Social sin ANSSAL);

 

Se introdujo una “nota” respecto de las licencias sin goce de sueldo, fechas de altas y bajas y la aplicación de la Base Mínima para obra social, se recomienda leer el Acuerdo adjunto.

Se acordó incorporar al Art. 7º sobre Escalafón por Antigüedad, del CCT 626/11, que cuando el trabajador cumpla un (1) año de antigüedad, se le abonará un 1% (uno por ciento)

 

Asimismo se acordó modificar el Art. 10 de “LICENCIAS ESPECIALES” e incorporar el ítem II bis, mediante el cual se otorga una licencia para inscripción de nacimiento, de un (1) día.

 

Se incorpora el Art. 30 BIS, referido a la realización de los “Exámenes Médicos Laborales” y su obligatoriedad.

Y por último se restableció la vigencia para el periodo 1º de Abril de 2014 al 31 de Marzo de 2015, de la Contribución Solidaria del 2% (dos por ciento) mensual de la retribución bruta de los trabajadores comprendidos en el CCT Nº 626/11.

Podrán Descargar:

Acuerdo Ratificado FAIIA-FONIVA

Escalas Salariales

TEXTO ORD CCT 626 11 ABR14

 

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